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29-01-2003 PMF El CICR visita a presuntos terroristas internados. ¿No les confieren estas visitas un estatuto especial? No. La comunidad internacional ha confiado al CICR la tarea de supervisar las condiciones de detención y el trato que reciben las personas detenidas en relación con la violencia armada, y de instar a que se efectúen mejoras, cuando sea necesario. Esas visitas no significan que se acepten las acciones u opiniones de los detenidos ni confieren un estatuto específico. Toda persona condenada o acusada de un delito está supeditada –y protegida– por las correspondientes disposiciones del derecho. Nadie queda fuera del alcance del derecho.
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